El pasado 13 de enero de 2022 se publicó en el D.O.F. la última versión del anexo 20 de la RMF 2022. Dentro de los cambios se estableció que se debe revisar que el campo de Nombre coincida con la lista de RFC inscritos no cancelados en el SAT. Esta validación aplica para el Nodo Emisor y Receptor, inclusive si el receptor es público en general.
Validar | El valor de este atributo debe encontrarse en la lista de RFC inscritos no cancelados en el SAT y debe estar asociado a la clave de RFC registrado en el atributo Rfc el Nodo Emisor. |
Validar | El valor de este atributo debe encontrarse en la lista de RFC inscritos no cancelados en el SAT y debe estar asociado a la clave de RFC registrado en el atributo Rfc el Nodo Receptor. |
Ante esta situación se ha generado mucha discusión, pues aparentemente el cambio sólo se comunicó a las empresas que desarrollan software en el país, y no ha sido claramente difundido por parte de la Autoridad a los ciudadanos, a través de las vías tradicionales: Ley, Reglamento, Miscelánea, etc.
Tal parece que dicha validación, a excepción de las facturas al público en general, es tomada directamente de la base de datos del SAT de donde se extraen las cédulas fiscales, por lo que dicho campo será validado con los datos que ahí aparecen, de manera literal y sin el régimen socitario o régimen de capital.
¿En qué afecta este cambio?
- Para poder emitir comprobantes, el sistema de facturación validará ese dato, que no contendrá las siglas del régimen de capital. Es decir, si la “Empresa Constructora SA de CV” contiene en su cédula fiscal como nombre “Empresa Constructora”, así se validará al momento de emitir la factura, tanto como Emisor como Receptor.
- En el caso de facturación global, ya sólo se utilizará el nombre “PUBLICO EN GENERAL”, en vez de expresiones similares como “Ventas Mostrador”, “Cliente mostrador”, “Ventas AL público general”, “Cliente Global” y otros similares.
Se recomienda obtener su constancia de situación fiscal (cédula fiscal) a la brevedad, de modo que pueda contar con esta información y así no tenga errores al facturar con la versión 4.0, o bien que quien le va a facturar pueda timbrar sin problema alguno.
A modo de resumen, se enlistan los cambios más importantes:
Diferencias |
Versión 3.3 |
Versión 4.0 |
Aceptación | Hasta el 30/04/2022 | A partir del 01/01/2022 |
Nombre del Emisor | no obligatorio |
Obligatorio |
Nombre del Receptor | no obligatorio |
Obligatorio |
Ejemplo nombre (pf) |
Pérez Martínez Fulano |
Fulano Pérez Martínez |
Ejemplo nombre (pm) |
Empresa Constructora SA de CV |
Empresa Constructora |
Domicilio Fiscal | no obligatorio |
Por lo menos el código postal |
RFC factura global | XAXX010101000 | |
Ejemplo nombre (global) |
Cliente mostrador, Ventas mostrador, Al Público, etc… |
PUBLICO EN GENERAL |
Régimen fiscal del emisor | Obligatorio |
Obligatorio: nombre y clave |
Régimen fiscal del receptor | no obligatorio |
Obligatorio: nombre y clave |
¿En qué parte viene el nombre correcto?
En su Constancia de Situación Fiscal, además del nombre sin el Régimen de Capital, se ostentan todos los datos antes mencionados.
Fuentes:
- http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/documentos/Guiallenadopagos311221.pdf
- http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/documentos/catCFDI_V_40_18012022.xls
- http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/documentos/MatrizDeErrores_CFDI_v40.xls